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Trámites a realizar tras un fallecimiento

Perder a un ser querido es una experiencia difícil y dolorosa, pero además de enfrentar el duelo, hay que lidiar con una serie de trámites después del fallecimiento que pueden resultar abrumadores.

Tramitar una defuncion, La importancia de hacer testamento

Es importante conocer qué trámites hay que hacer cuando una persona fallece para evitar complicaciones y poder enfocarnos en honrar la memoria del difunto. En este artículo le guiaremos paso a paso en los procesos y documentos necesarios después de la pérdida de un familiar, desde el certificado de defunción hasta la solicitud de prestaciones sociales.

Documentación necesaria tras la muerte de un ser querido

Para realizar todos los trámites tras el fallecimiento de un familiar es imprescindible disponer del DNI o pasaporte del difunto, documentos necesarios para hacer las gestiones que se detallan a continuación.

También es recomendable tener a mano toda la documentación relacionada con seguros de decesos, informes médicos y contar con el certificado digital o DNI electrónico en vigor.

Certificado médico de defunción

Una vez que ocurre el fallecimiento, lo primero que debe hacer es solicitar el certificado de defunción. Este documento es fundamental para llevar a cabo todos los trámites posteriores y es emitido por un médico, quien certifica la causa y la hora exacta del deceso.

Para obtenerlo, puede acudir al hospital o centro de salud donde ocurrió el fallecimiento o bien contactar a un médico forense si fue en casa. Una vez que disponga del certificado, podrá iniciar los demás procesos legales y administrativos relacionados con la muerte de su ser querido. No olvide que solicitar el certificado de defunción es un paso obligatorio e imprescindible para continuar con las gestiones necesarias en estos momentos difíciles.

Inscripción de la defunción en el Registro Civil

Esta es la forma de acreditar la muerte de una persona, y debe hacerse en un plazo de 24 horas desde la defunción. Para este trámite se necesita el DNI y certificado de defunción.

Los allegados del fallecido son los encargados de acudir al Registro Civil para hacer la notificación, aunque también lo puede hacer la funeraria en representación de la familia. Este trámite es necesario para realizar el entierro o cremación de la persona fallecida.

Sepelio

Una vez realizada la inscripción, se recibe la licencia de entierro para proceder a realizar el sepelio. Este servicio se suele producir entre 24h y 48h después del fallecimiento, y consiste en el traslado del cuerpo, el alquiler de una sala de vela, el traslado al cementerio y la inhumación mediante entierro o incineración, entre otras gestiones.

Hay dos formas de tramitar el sepelio: con un seguro de decesos, si el difunto contaba con una póliza que cubra los gastos o con una funeraria si el fallecido no disponía de seguro. Lo recomendable es pedir presupuestos a varias funerarias, ya que el coste puede variar según la que elijas. Puede ser una ceremonia religiosa o civil, en un tanatorio o en otro espacio acorde a las preferencias del difunto y su familia.

En Funely ofrecemos servicios funerarios personalizados que se adaptan a la situación de cada familia a un precio muy económico. Ante una defunción nos desplazamos allí donde nos necesite y nos encargamos de todas las gestiones, con o sin seguro de decesos.

Certificado de últimas voluntades

Tras la ceremonia y después de 15 días hábiles desde el fallecimiento, se puede solicitar el certificado de últimas voluntades, que indica si la persona fallecida dejó testamento y ante qué notario lo hizo. Este documento es necesario para realizar la adjudicación y reparto de la herencia.

Se puede solicitar online o presencialmente, en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y la Oficina Central de Atención al Ciudadano. Para obtenerlo se debe abonar una tasa de 3,86 euros.

En el caso de que haya testamento, los herederos deben acudir ante el notario que lo realizó para aceptar o no la herencia. Si no hay testamento, se deberá realizar una declaración de herederos para proceder al reparto.

Certificado de seguros

Es importante averiguar si el fallecido tenía contratado algún seguro que cubra los gastos funerarios o incluso incluya una indemnización para sus herederos. Para ello, se debe solicitar el certificado de seguros con cobertura por fallecimiento, un trámite que se puede hacer a la vez que la petición de las últimas voluntades.

Testamento y herencia

Si existe testamento, los herederos deberán acudir al notario correspondiente para proceder al otorgamiento de la escritura pública de aceptación y adjudicación de herencia. En caso contrario, será necesario realizar una declaración de herederos abintestato.

Posteriormente deberán realizar uno de los trámites tras el fallecimiento de un familiar más importante: el pago de impuestos. En concreto, se deben liquidar dos impuestos:

  • Impuestos de sucesiones: se debe liquidar en un plazo de seis meses en el lugar de residencia del difunto.
  • Plusvalía municipal: en el caso de que la herencia incluya bienes inmuebles.

Solicitud de prestaciones

No olvide solicitar a la Seguridad Social las prestaciones económicas a las que pueda tener derecho como consecuencia del fallecimiento (pensiones, subsidios por defunción, etc.). Estas ayudas pueden ser de gran ayuda para enfrentar los gastos derivados de la pérdida de un ser querido. Las prestaciones que puede pedir son las siguientes:

  • Pensión de viudedad
  • Pensión de orfandad
  • Auxilio por defunción
  • Prestación por hijo a cargo
  • Subsidio temporal a favor de familiares

Otros trámites tras la defunción

Otros de los trámites a los que se puede enfrentar tras la muerte de un ser querido, que no tienen un plazo determinado, pero sí pueden ser urgentes, son los siguientes:

  • Trámites bancarios: se deben revisar las cuentas bancarias de la persona fallecida, que habitualmente quedan bloqueadas por el banco hasta que los herederos puedan acreditar la legitimación.
  • Cambios o cancelación de titularidad: suministros del hogar, titularidad de vehículos, líneas de teléfono y otras suscripciones a nombre del difunto
  • Vivienda: si el fallecido tenía propiedades, se deberá cambiar la titularidad tras la aceptación de la herencia. En el caso del alquiler, la familia puede solicitar la subrogación del contrato en su nombre, o comunicar al propietario el abandono de la vivienda.
  • Declaración de la renta: los herederos tienen la obligación de declarar el IRPF que el difunto tenía pendiente.
  • Borrado de vida digital: un trámite opcional es el borrado de todos los datos personales del fallecido en internet y sus perfiles en redes sociales, eliminando su rastro digital.

Funely, servicios funerales integrales en línea

En los momentos difíciles, en Funely nos encargamos de gestionar el servicio funerario y facilitar todos estos trámites y procesos. Nuestra plataforma en línea ofrece servicios integrales que le ayudarán a organizar la ceremonia funeraria de manera rápida y sencilla.

Además, Funely cuenta con un equipo de profesionales expertos que le guiará durante todo el proceso, desde la obtención del certificado de defunción hasta la solicitud de prestaciones tras el fallecimiento de tu ser querido. Con nuestra funeraria online, podrá enfocarse en lo más importante: honrar la memoria del fallecido y apoyar a su familia en este difícil momento, mientras ellos se encargan de los trámites necesarios.

No dude en recurrir a Funely para recibir una atención personalizada y eficiente que le permita superar esta etapa con mayor tranquilidad. Póngase en contacto con nosotros y resolveremos todas sus dudas.